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Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Valenciana 2026Calculadora de herencias y donaciones con la normativa vigente · reducciones, tarifa, coeficiente y bonificaciones

Normativa vigente a 20-09-2026
Ley 29/1987 · tributos cedidos · normas forales
Hecho imponible
Adquirente
Sucesiones: residencia del causante los últimos 5 años. Donaciones: la del donatario (inmuebles: donde radiquen).
Descendientes menores de 21 años forman el grupo I.
Determina el coeficiente multiplicador.
Lo que se recibe
Cuota a ingresar

Liquidación

Notas de la normativa aplicada

    Misma operación en cada territorio ordenado de menor a mayor cuota

    El impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana en 2026

    Normativa aplicable: Ley 13/1997 (arts. 10-12 bis; Leyes 6/2023, 5/2025, 5/2026). Comunidad Valenciana ocupa el puesto 8 de 21 en el ranking de menor tributación para hijos y cónyuges (herencia de un millón) y el 12 de 21 para hermanos. Un hijo que hereda 300.000 € paga aquí 319 € y uno que hereda 1.000.000 €, 2355 €; un hermano que hereda 200.000 €, 35.918 €.

    • Bonificación del 99 % también para adquirentes con discapacidad física ≥ 65 % o psíquica ≥ 33 %, sea cual sea el parentesco.
    • Grupo III: 25 % para devengos entre el 1-6-2026 y el 31-5-2027; 50 % después.

    Fuentes: Ley 13/1997 consolidada (BOE) · Ley 5/2025 (BOE).

    Ejemplos resueltos en la Comunidad Valenciana

    Seis supuestos habituales calculados con la normativa de 2026. Cambia los datos en la calculadora de arriba para adaptar cualquiera a tu caso.

    Herencia de 300.000 € a un hijo: 319 €

    Hijo de 45 años, sin discapacidad, patrimonio previo 100.000 €, sin vivienda habitual ni seguros.

    Base imponible 300.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (100.000 €) · base liquidable 200.000 € · Tarifa propia (art. 11) → cuota íntegra 31.853 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 12 bis) → a ingresar 319 € (tipo efectivo 0,1 %).

    Herencia de 1.000.000 € a un hijo: 2355 €

    Mismo perfil, herencia de un millón de euros.

    Base imponible 1.000.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (100.000 €) · base liquidable 900.000 € · Tarifa propia (art. 11) → cuota íntegra 235.531 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 12 bis) → a ingresar 2355 € (tipo efectivo 0,2 %).

    Herencia de 400.000 € al cónyuge con vivienda habitual: 214 €

    Cónyuge, 200.000 € de los cuales son la vivienda habitual.

    Base imponible 400.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (100.000 €), Vivienda habitual 95 % (límite 150.000 €) (150.000 €) · base liquidable 150.000 € · Tarifa propia (art. 11) → cuota íntegra 21.394 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 12 bis) → a ingresar 214 € (tipo efectivo 0,1 %).

    Herencia de 200.000 € a un hermano: 35.918 €

    Hermano de 50 años, sin bienes especiales.

    Base imponible 200.000 € · reducciones: Parentesco (grupo III) (7993 €) · base liquidable 192.007 € · Tarifa propia (art. 11) → cuota íntegra 30.154 € · coeficiente 1,588 · Bonificación 25 % grupo III (desde 1-6-2026; 50 % desde 1-6-2027) → a ingresar 35.918 € (tipo efectivo 18 %).

    Herencia de 150.000 € a un sobrino: 23.703 €

    Sobrino de 40 años.

    Base imponible 150.000 € · reducciones: Parentesco (grupo III) (7993 €) · base liquidable 142.007 € · Tarifa propia (art. 11) → cuota íntegra 19.899 € · coeficiente 1,588 · Bonificación 25 % grupo III (desde 1-6-2026; 50 % desde 1-6-2027) → a ingresar 23.703 € (tipo efectivo 15,8 %).

    Donación de 100.000 € de padres a hijo: 0 €

    En escritura pública, hijo de 30 años.

    Base imponible 100.000 € · reducciones: Parentesco en donaciones (art. 10 bis) (100.000 €) · base liquidable 0 € · Tarifa propia (art. 11) → cuota íntegra 0 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 12 bis) → a ingresar 0 € (tipo efectivo 0 %).

    Preguntas frecuentes sobre sucesiones en la Comunidad Valenciana

    ¿Cuánto se paga por heredar en la Comunidad Valenciana de padres a hijos?

    Con la normativa de 2026, un hijo que hereda 300.000 € en la Comunidad Valenciana paga 319 € (tipo efectivo 0,1 %); si hereda 1.000.000 €, 2355 €. Comunidad Valenciana ocupa el puesto 8 de 21 territorios en el ranking de menor tributación para hijos (herencia de un millón).

    ¿Cuánto pagan los hermanos, tíos y sobrinos en la Comunidad Valenciana?

    Un hermano que hereda 200.000 € paga 35.918 € y un sobrino que hereda 150.000 €, 23.703 €. Comunidad Valenciana es el territorio número 12 de 21 en tributación para hermanos.

    ¿Cuánto cuesta donar dinero a un hijo en la Comunidad Valenciana?

    Una donación de 100.000 € de padres a hijo formalizada en escritura pública tributa 0 € en la Comunidad Valenciana. Bonificación 99 % grupos I-II (art. 12 bis).

    ¿Qué normativa regula el impuesto de sucesiones en la Comunidad Valenciana?

    Ley 13/1997 (arts. 10-12 bis; Leyes 6/2023, 5/2025, 5/2026), junto con la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Bonificación del 99 % también para adquirentes con discapacidad física ≥ 65 % o psíquica ≥ 33 %, sea cual sea el parentesco.

    ¿Quieres entender cada paso? Lee la guía general del impuesto: base imponible, grupos de parentesco, qué comunidad aplica, plazos y modelos.

    Herramienta orientativa. No incluye reducciones de empresa familiar, explotaciones agrarias, patrimonio histórico ni las reglas de acumulación de donaciones. En los territorios forales las cifras se han contrastado con fuentes secundarias donde la norma no era accesible: revisa las notas de cada uno. Las cifras se basan en la normativa estatal y autonómica vigente a septiembre de 2026 y pueden cambiar. Contrasta con la administración tributaria competente antes de liquidar.