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Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Cataluña 2026Calculadora de herencias y donaciones con la normativa vigente · reducciones, tarifa, coeficiente y bonificaciones

Normativa vigente a 20-09-2026
Ley 29/1987 · tributos cedidos · normas forales
Hecho imponible
Adquirente
Sucesiones: residencia del causante los últimos 5 años. Donaciones: la del donatario (inmuebles: donde radiquen).
Descendientes menores de 21 años forman el grupo I.
Determina el coeficiente multiplicador.
Lo que se recibe
Cuota a ingresar

Liquidación

Notas de la normativa aplicada

    Misma operación en cada territorio ordenado de menor a mayor cuota

    El impuesto de sucesiones en Cataluña en 2026

    Normativa aplicable: DLeg 1/2024 (Libro sexto CTC; ex Ley 19/2010). Cataluña ocupa el puesto 19 de 21 en el ranking de menor tributación para hijos y cónyuges (herencia de un millón) y el 11 de 21 para hermanos. Un hijo que hereda 300.000 € paga aquí 10.350 € y uno que hereda 1.000.000 €, 103.138 €; un hermano que hereda 200.000 €, 34.369 €.

    • La bonificación de grupos I y II es decreciente y se calcula sobre la base imponible por tramos; se pierde si se aplican reducciones de empresa familiar u otras distintas de la de vivienda.
    • Límite de vivienda habitual: 500.000 € conjuntos por vivienda (mínimo 180.000 € por adquirente); aquí se aplica sobre tu parte.

    Fuentes: Ley 19/2010 consolidada (BOE).

    Ejemplos resueltos en Cataluña

    Seis supuestos habituales calculados con la normativa de 2026. Cambia los datos en la calculadora de arriba para adaptar cualquiera a tu caso.

    Herencia de 300.000 € a un hijo: 10.350 €

    Hijo de 45 años, sin discapacidad, patrimonio previo 100.000 €, sin vivienda habitual ni seguros.

    Base imponible 300.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (100.000 €) · base liquidable 200.000 € · Tarifa propia 7 %–32 % → cuota íntegra 23.000 € · coeficiente 1,00 · Bonificación grupo II por tramos de base imponible (media ponderada) → a ingresar 10.350 € (tipo efectivo 3,4 %).

    Herencia de 1.000.000 € a un hijo: 103.138 €

    Mismo perfil, herencia de un millón de euros.

    Base imponible 1.000.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (100.000 €) · base liquidable 900.000 € · Tarifa propia 7 %–32 % → cuota íntegra 185.000 € · coeficiente 1,00 · Bonificación grupo II por tramos de base imponible (media ponderada) → a ingresar 103.138 € (tipo efectivo 10,3 %).

    Herencia de 400.000 € al cónyuge con vivienda habitual: 101 €

    Cónyuge, 200.000 € de los cuales son la vivienda habitual.

    Base imponible 400.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (100.000 €), Vivienda habitual 95 % (límite 500.000 €) (190.000 €) · base liquidable 110.000 € · Tarifa propia 7 %–32 % → cuota íntegra 10.100 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % cónyuge (art. 58 bis) → a ingresar 101 € (tipo efectivo 0 %).

    Herencia de 200.000 € a un hermano: 34.369 €

    Hermano de 50 años, sin bienes especiales.

    Base imponible 200.000 € · reducciones: Parentesco (grupo III) (8000 €) · base liquidable 192.000 € · Tarifa propia 7 %–32 % → cuota íntegra 21.640 € · coeficiente 1,588 · Sin bonificación (grupos III-IV) → a ingresar 34.369 € (tipo efectivo 17,2 %).

    Herencia de 150.000 € a un sobrino: 21.631 €

    Sobrino de 40 años.

    Base imponible 150.000 € · reducciones: Parentesco (grupo III) (8000 €) · base liquidable 142.000 € · Tarifa propia 7 %–32 % → cuota íntegra 13.620 € · coeficiente 1,588 · Sin bonificación (grupos III-IV) → a ingresar 21.631 € (tipo efectivo 14,4 %).

    Donación de 100.000 € de padres a hijo: 5000 €

    En escritura pública, hijo de 30 años.

    Base imponible 100.000 € · reducciones: ninguna · base liquidable 100.000 € · Tarifa reducida donaciones I-II en escritura pública (5/7/9 %) → cuota íntegra 5000 € · coeficiente 1,00 · Sin bonificación en donaciones (el beneficio es la tarifa reducida) → a ingresar 5000 € (tipo efectivo 5 %).

    Preguntas frecuentes sobre sucesiones en Cataluña

    ¿Cuánto se paga por heredar en Cataluña de padres a hijos?

    Con la normativa de 2026, un hijo que hereda 300.000 € en Cataluña paga 10.350 € (tipo efectivo 3,4 %); si hereda 1.000.000 €, 103.138 €. Cataluña ocupa el puesto 19 de 21 territorios en el ranking de menor tributación para hijos (herencia de un millón).

    ¿Cuánto pagan los hermanos, tíos y sobrinos en Cataluña?

    Un hermano que hereda 200.000 € paga 34.369 € y un sobrino que hereda 150.000 €, 21.631 €. Cataluña es el territorio número 11 de 21 en tributación para hermanos.

    ¿Cuánto cuesta donar dinero a un hijo en Cataluña?

    Una donación de 100.000 € de padres a hijo formalizada en escritura pública tributa 5000 € en Cataluña. Sin bonificación en donaciones (el beneficio es la tarifa reducida).

    ¿Qué normativa regula el impuesto de sucesiones en Cataluña?

    DLeg 1/2024 (Libro sexto CTC; ex Ley 19/2010), junto con la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La bonificación de grupos I y II es decreciente y se calcula sobre la base imponible por tramos; se pierde si se aplican reducciones de empresa familiar u otras distintas de la de vivienda.

    ¿Quieres entender cada paso? Lee la guía general del impuesto: base imponible, grupos de parentesco, qué comunidad aplica, plazos y modelos.

    Herramienta orientativa. No incluye reducciones de empresa familiar, explotaciones agrarias, patrimonio histórico ni las reglas de acumulación de donaciones. En los territorios forales las cifras se han contrastado con fuentes secundarias donde la norma no era accesible: revisa las notas de cada uno. Las cifras se basan en la normativa estatal y autonómica vigente a septiembre de 2026 y pueden cambiar. Contrasta con la administración tributaria competente antes de liquidar.