Liquidación
Notas de la normativa aplicada
Misma operación en cada territorio ordenado de menor a mayor cuota
El impuesto de sucesiones en Ceuta en 2026
Normativa aplicable: Ley 29/1987, art. 23 bis. Ceuta ocupa el puesto 10 de 21 en el ranking de menor tributación para hijos y cónyuges (herencia de un millón) y el 7 de 21 para hermanos. Un hijo que hereda 300.000 € paga aquí 514 € y uno que hereda 1.000.000 €, 2627 €; un hermano que hereda 200.000 €, 23.777 €.
- Requiere residencia habitual del causante en Ceuta durante los 5 años anteriores (sucesiones) o del donatario (donaciones).
Fuentes: Ley 29/1987 consolidada.
Ejemplos resueltos en Ceuta
Seis supuestos habituales calculados con la normativa de 2026. Cambia los datos en la calculadora de arriba para adaptar cualquiera a tu caso.
Herencia de 300.000 € a un hijo: 514 €
Hijo de 45 años, sin discapacidad, patrimonio previo 100.000 €, sin vivienda habitual ni seguros.
Base imponible 300.000 € · reducciones: Parentesco (estatal, grupo II) (15.957 €) · base liquidable 284.043 € · Tarifa estatal (art. 21) → cuota íntegra 51.398 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 23 bis) → a ingresar 514 € (tipo efectivo 0,2 %).
Herencia de 1.000.000 € a un hijo: 2627 €
Mismo perfil, herencia de un millón de euros.
Base imponible 1.000.000 € · reducciones: Parentesco (estatal, grupo II) (15.957 €) · base liquidable 984.043 € · Tarifa estatal (art. 21) → cuota íntegra 262.697 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 23 bis) → a ingresar 2627 € (tipo efectivo 0,3 %).
Herencia de 400.000 € al cónyuge con vivienda habitual: 456 €
Cónyuge, 200.000 € de los cuales son la vivienda habitual.
Base imponible 400.000 € · reducciones: Parentesco (estatal, grupo II) (15.957 €), Vivienda habitual 95 % (límite 122.606,47 €) (122.606 €) · base liquidable 261.437 € · Tarifa estatal (art. 21) → cuota íntegra 45.633 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 23 bis) → a ingresar 456 € (tipo efectivo 0,1 %).
Herencia de 200.000 € a un hermano: 23.777 €
Hermano de 50 años, sin bienes especiales.
Base imponible 200.000 € · reducciones: Parentesco (estatal, grupo III) (7993 €) · base liquidable 192.007 € · Tarifa estatal (art. 21) → cuota íntegra 29.942 € · coeficiente 1,588 · Bonificación 50 % (art. 23 bis) → a ingresar 23.777 € (tipo efectivo 11,9 %).
Herencia de 150.000 € a un sobrino: 15.697 €
Sobrino de 40 años.
Base imponible 150.000 € · reducciones: Parentesco (estatal, grupo III) (7993 €) · base liquidable 142.007 € · Tarifa estatal (art. 21) → cuota íntegra 19.767 € · coeficiente 1,588 · Bonificación 50 % (art. 23 bis) → a ingresar 15.697 € (tipo efectivo 10,5 %).
Donación de 100.000 € de padres a hijo: 6208 €
En escritura pública, hijo de 30 años.
Base imponible 100.000 € · reducciones: ninguna · base liquidable 100.000 € · Tarifa estatal (art. 21) → cuota íntegra 12.415 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 50 % donaciones (art. 23 bis) → a ingresar 6208 € (tipo efectivo 6,2 %).
Preguntas frecuentes sobre sucesiones en Ceuta
¿Cuánto se paga por heredar en Ceuta de padres a hijos?
Con la normativa de 2026, un hijo que hereda 300.000 € en Ceuta paga 514 € (tipo efectivo 0,2 %); si hereda 1.000.000 €, 2627 €. Ceuta ocupa el puesto 10 de 21 territorios en el ranking de menor tributación para hijos (herencia de un millón).
¿Cuánto pagan los hermanos, tíos y sobrinos en Ceuta?
Un hermano que hereda 200.000 € paga 23.777 € y un sobrino que hereda 150.000 €, 15.697 €. Ceuta es el territorio número 7 de 21 en tributación para hermanos.
¿Cuánto cuesta donar dinero a un hijo en Ceuta?
Una donación de 100.000 € de padres a hijo formalizada en escritura pública tributa 6208 € en Ceuta. Bonificación 50 % donaciones (art. 23 bis).
¿Qué normativa regula el impuesto de sucesiones en Ceuta?
Ley 29/1987, art. 23 bis, junto con la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Requiere residencia habitual del causante en Ceuta durante los 5 años anteriores (sucesiones) o del donatario (donaciones).
¿Quieres entender cada paso? Lee la guía general del impuesto: base imponible, grupos de parentesco, qué comunidad aplica, plazos y modelos.