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Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Gipuzkoa 2026Calculadora de herencias y donaciones con la normativa vigente · reducciones, tarifa, coeficiente y bonificaciones

Normativa vigente a 20-09-2026
Ley 29/1987 · tributos cedidos · normas forales
Hecho imponible
Adquirente
Sucesiones: residencia del causante los últimos 5 años. Donaciones: la del donatario (inmuebles: donde radiquen).
Descendientes menores de 21 años forman el grupo I.
Determina el coeficiente multiplicador.
Lo que se recibe
Cuota a ingresar

Liquidación

Notas de la normativa aplicada

    Misma operación en cada territorio ordenado de menor a mayor cuota

    El impuesto de sucesiones en Gipuzkoa en 2026

    Normativa aplicable: Norma Foral 3/1990 del ISD de Gipuzkoa. Gipuzkoa ocupa el puesto 16 de 21 en el ranking de menor tributación para hijos y cónyuges (herencia de un millón) y el 9 de 21 para hermanos. Un hijo que hereda 300.000 € paga aquí 0 € y uno que hereda 1.000.000 €, 9000 €; un hermano que hereda 200.000 €, 25.227 €.

    • Grupo I: 400.000 € exentos por heredero en sucesiones y tipo fijo del 1,5 %; en donaciones, 1,5 % sin reducción.
    • Escalas de grupos II y III tomadas de la Hacienda Foral de Gipuzkoa (tramos desde 8.200 €).
    • Reducción de colaterales, discapacidad y vivienda según NF 3/1990: contrasta con el texto vigente antes de liquidar.

    Fuentes: Hacienda Foral de Gipuzkoa – escalas y grupos.

    Ejemplos resueltos en Gipuzkoa

    Seis supuestos habituales calculados con la normativa de 2026. Cambia los datos en la calculadora de arriba para adaptar cualquiera a tu caso.

    Herencia de 300.000 € a un hijo: 0 €

    Hijo de 45 años, sin discapacidad, patrimonio previo 100.000 €, sin vivienda habitual ni seguros.

    Base imponible 300.000 € · reducciones: Parentesco grupo I (línea recta y cónyuge) (400.000 €) · base liquidable 0 € · Tipo fijo 1,5 % grupo I → cuota íntegra 0 € · coeficiente 1,00 · Sin bonificación en cuota (el beneficio es la reducción y el tipo del 1,5 %) → a ingresar 0 € (tipo efectivo 0 %).

    Herencia de 1.000.000 € a un hijo: 9000 €

    Mismo perfil, herencia de un millón de euros.

    Base imponible 1.000.000 € · reducciones: Parentesco grupo I (línea recta y cónyuge) (400.000 €) · base liquidable 600.000 € · Tipo fijo 1,5 % grupo I → cuota íntegra 9000 € · coeficiente 1,00 · Sin bonificación en cuota (el beneficio es la reducción y el tipo del 1,5 %) → a ingresar 9000 € (tipo efectivo 0,9 %).

    Herencia de 400.000 € al cónyuge con vivienda habitual: 0 €

    Cónyuge, 200.000 € de los cuales son la vivienda habitual.

    Base imponible 400.000 € · reducciones: Parentesco grupo I (línea recta y cónyuge) (400.000 €), Vivienda habitual 95 % (límite 220.000 €) (190.000 €) · base liquidable 0 € · Tipo fijo 1,5 % grupo I → cuota íntegra 0 € · coeficiente 1,00 · Sin bonificación en cuota (el beneficio es la reducción y el tipo del 1,5 %) → a ingresar 0 € (tipo efectivo 0 %).

    Herencia de 200.000 € a un hermano: 25.227 €

    Hermano de 50 años, sin bienes especiales.

    Base imponible 200.000 € · reducciones: Parentesco grupo II (colaterales y afines) (16.150 €) · base liquidable 183.850 € · Escala grupo II (5,70 %–34,58 %) → cuota íntegra 25.227 € · coeficiente 1,00 · Sin bonificación en cuota (el beneficio es la reducción y el tipo del 1,5 %) → a ingresar 25.227 € (tipo efectivo 12,6 %).

    Herencia de 150.000 € a un sobrino: 16.680 €

    Sobrino de 40 años.

    Base imponible 150.000 € · reducciones: Parentesco grupo II (colaterales y afines) (16.150 €) · base liquidable 133.850 € · Escala grupo II (5,70 %–34,58 %) → cuota íntegra 16.680 € · coeficiente 1,00 · Sin bonificación en cuota (el beneficio es la reducción y el tipo del 1,5 %) → a ingresar 16.680 € (tipo efectivo 11,1 %).

    Donación de 100.000 € de padres a hijo: 1500 €

    En escritura pública, hijo de 30 años.

    Base imponible 100.000 € · reducciones: ninguna · base liquidable 100.000 € · Tipo fijo 1,5 % grupo I → cuota íntegra 1500 € · coeficiente 1,00 · Sin bonificación en cuota (el beneficio es la reducción y el tipo del 1,5 %) → a ingresar 1500 € (tipo efectivo 1,5 %).

    Preguntas frecuentes sobre sucesiones en Gipuzkoa

    ¿Cuánto se paga por heredar en Gipuzkoa de padres a hijos?

    Con la normativa de 2026, un hijo que hereda 300.000 € en Gipuzkoa paga 0 € (tipo efectivo 0 %); si hereda 1.000.000 €, 9000 €. Gipuzkoa ocupa el puesto 16 de 21 territorios en el ranking de menor tributación para hijos (herencia de un millón).

    ¿Cuánto pagan los hermanos, tíos y sobrinos en Gipuzkoa?

    Un hermano que hereda 200.000 € paga 25.227 € y un sobrino que hereda 150.000 €, 16.680 €. Gipuzkoa es el territorio número 9 de 21 en tributación para hermanos.

    ¿Cuánto cuesta donar dinero a un hijo en Gipuzkoa?

    Una donación de 100.000 € de padres a hijo formalizada en escritura pública tributa 1500 € en Gipuzkoa. Sin bonificación en cuota (el beneficio es la reducción y el tipo del 1,5 %).

    ¿Qué normativa regula el impuesto de sucesiones en Gipuzkoa?

    Norma Foral 3/1990 del ISD de Gipuzkoa, junto con la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Grupo I: 400.000 € exentos por heredero en sucesiones y tipo fijo del 1,5 %; en donaciones, 1,5 % sin reducción.

    ¿Quieres entender cada paso? Lee la guía general del impuesto: base imponible, grupos de parentesco, qué comunidad aplica, plazos y modelos.

    Herramienta orientativa. No incluye reducciones de empresa familiar, explotaciones agrarias, patrimonio histórico ni las reglas de acumulación de donaciones. En los territorios forales las cifras se han contrastado con fuentes secundarias donde la norma no era accesible: revisa las notas de cada uno. Las cifras se basan en la normativa estatal y autonómica vigente a septiembre de 2026 y pueden cambiar. Contrasta con la administración tributaria competente antes de liquidar.