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Impuesto de Sucesiones y Donaciones en Madrid 2026Calculadora de herencias y donaciones con la normativa vigente · reducciones, tarifa, coeficiente y bonificaciones

Normativa vigente a 20-09-2026
Ley 29/1987 · tributos cedidos · normas forales
Hecho imponible
Adquirente
Sucesiones: residencia del causante los últimos 5 años. Donaciones: la del donatario (inmuebles: donde radiquen).
Descendientes menores de 21 años forman el grupo I.
Determina el coeficiente multiplicador.
Lo que se recibe
Cuota a ingresar

Liquidación

Notas de la normativa aplicada

    Misma operación en cada territorio ordenado de menor a mayor cuota

    El impuesto de sucesiones en Madrid en 2026

    Normativa aplicable: DLeg 1/2010, arts. 21-25 (red. Ley 2/2025). Madrid ocupa el puesto 9 de 21 en el ranking de menor tributación para hijos y cónyuges (herencia de un millón) y el 6 de 21 para hermanos. Un hijo que hereda 300.000 € paga aquí 514 € y uno que hereda 1.000.000 €, 2626 €; un hermano que hereda 200.000 €, 23.760 €.

    • Donaciones: documento público obligatorio si la base supera 10.000 € (siempre si es inmueble); en metálico debe justificarse el origen de los fondos.
    • Existe además una reducción del 100 % (máx. 250.000 €) en donaciones de dinero destinadas a vivienda habitual o empresa, no incluida aquí.

    Fuentes: TR tributos cedidos Madrid (Hacienda) · Ley 2/2025 (BOE).

    Ejemplos resueltos en Madrid

    Seis supuestos habituales calculados con la normativa de 2026. Cambia los datos en la calculadora de arriba para adaptar cualquiera a tu caso.

    Herencia de 300.000 € a un hijo: 514 €

    Hijo de 45 años, sin discapacidad, patrimonio previo 100.000 €, sin vivienda habitual ni seguros.

    Base imponible 300.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (16.000 €) · base liquidable 284.000 € · Tarifa propia (art. 23) → cuota íntegra 51.351 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 25) → a ingresar 514 € (tipo efectivo 0,2 %).

    Herencia de 1.000.000 € a un hijo: 2626 €

    Mismo perfil, herencia de un millón de euros.

    Base imponible 1.000.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (16.000 €) · base liquidable 984.000 € · Tarifa propia (art. 23) → cuota íntegra 262.566 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 25) → a ingresar 2626 € (tipo efectivo 0,3 %).

    Herencia de 400.000 € al cónyuge con vivienda habitual: 455 €

    Cónyuge, 200.000 € de los cuales son la vivienda habitual.

    Base imponible 400.000 € · reducciones: Parentesco (grupo II) (16.000 €), Vivienda habitual 95 % (límite 123.000 €) (123.000 €) · base liquidable 261.000 € · Tarifa propia (art. 23) → cuota íntegra 45.486 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 25) → a ingresar 455 € (tipo efectivo 0,1 %).

    Herencia de 200.000 € a un hermano: 23.760 €

    Hermano de 50 años, sin bienes especiales.

    Base imponible 200.000 € · reducciones: Parentesco (grupo III) (8000 €) · base liquidable 192.000 € · Tarifa propia (art. 23) → cuota íntegra 29.921 € · coeficiente 1,588 · Bonificación 50 % grupo III (art. 25, desde 1-7-2025) → a ingresar 23.760 € (tipo efectivo 11,9 %).

    Herencia de 150.000 € a un sobrino: 15.685 €

    Sobrino de 40 años.

    Base imponible 150.000 € · reducciones: Parentesco (grupo III) (8000 €) · base liquidable 142.000 € · Tarifa propia (art. 23) → cuota íntegra 19.752 € · coeficiente 1,588 · Bonificación 50 % grupo III (art. 25, desde 1-7-2025) → a ingresar 15.685 € (tipo efectivo 10,5 %).

    Donación de 100.000 € de padres a hijo: 124 €

    En escritura pública, hijo de 30 años.

    Base imponible 100.000 € · reducciones: ninguna · base liquidable 100.000 € · Tarifa propia (art. 23) → cuota íntegra 12.407 € · coeficiente 1,00 · Bonificación 99 % grupos I-II (art. 25) → a ingresar 124 € (tipo efectivo 0,1 %).

    Preguntas frecuentes sobre sucesiones en Madrid

    ¿Cuánto se paga por heredar en Madrid de padres a hijos?

    Con la normativa de 2026, un hijo que hereda 300.000 € en Madrid paga 514 € (tipo efectivo 0,2 %); si hereda 1.000.000 €, 2626 €. Madrid ocupa el puesto 9 de 21 territorios en el ranking de menor tributación para hijos (herencia de un millón).

    ¿Cuánto pagan los hermanos, tíos y sobrinos en Madrid?

    Un hermano que hereda 200.000 € paga 23.760 € y un sobrino que hereda 150.000 €, 15.685 €. Madrid es el territorio número 6 de 21 en tributación para hermanos.

    ¿Cuánto cuesta donar dinero a un hijo en Madrid?

    Una donación de 100.000 € de padres a hijo formalizada en escritura pública tributa 124 € en Madrid. Bonificación 99 % grupos I-II (art. 25).

    ¿Qué normativa regula el impuesto de sucesiones en Madrid?

    DLeg 1/2010, arts. 21-25 (red. Ley 2/2025), junto con la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Donaciones: documento público obligatorio si la base supera 10.000 € (siempre si es inmueble); en metálico debe justificarse el origen de los fondos.

    ¿Quieres entender cada paso? Lee la guía general del impuesto: base imponible, grupos de parentesco, qué comunidad aplica, plazos y modelos.

    Herramienta orientativa. No incluye reducciones de empresa familiar, explotaciones agrarias, patrimonio histórico ni las reglas de acumulación de donaciones. En los territorios forales las cifras se han contrastado con fuentes secundarias donde la norma no era accesible: revisa las notas de cada uno. Las cifras se basan en la normativa estatal y autonómica vigente a septiembre de 2026 y pueden cambiar. Contrasta con la administración tributaria competente antes de liquidar.